
Los países europeos ven como día a día aumenta su número de casos positivos, y proponen medidas efectivas que frenen el avance del virus, tratando de evitar a toda costa un confinamiento total que hundiría la economía aún más. España forma parte de esos estados y ya se está planteando la idea de establecer un toque de queda.
Así lo ha manifestado el consejero de Sanidad madrileño, Enrique Ruiz Escudero, afirmando que su consejería está estudiando la oportunidad de establecer un «toque de queda» para frenar la pandemia, pero considera que esa decisión que limita movilidad y actividad tiene que tomarse «en toda España», tal y como han propuesto los colegios sanitarios.
La situación actual es que casi 6,3 millones de españoles quedarán confinados perimetralmente esta semana, cuando entren en vigor los cierres anunciados para toda Navarra (647.500 personas) a partir del jueves, desde este martes en Aranda de Duero y desde el miércoles en Burgos, en una semana que se inicia con el número de contagiados muy cerca del millón (974.449).
Así, la implantación de un toque de queda con un horario sería seguir la línea de Francia, donde entró en vigor el sábado pasado en París y otras ocho ciudades y durará, como mínimo, cuatro semanas, abarcando entre las 21 horas y las 6 de la mañana.
¿En que consiste exactamente un toque de queda?
La instauración de una medida tan drástica como un toque de queda, implicaría la restricción a cualquier ciudadano de permanecer o circular por las calles de manera libre y sin una justificación considerada válida por el Gobierno central.
Por lo general, suelen tener un horario, y según han dado a entender desde la Comunidad de Madrid, la restricción entraría en vigor a partir de las 00:00 hasta una hora todavía por determinar, pero que rondaría las 6 de la mañana, con el objetivo «de no dañar a la hostelería e impedir los botellones». En definitiva, sería muy similar a un confinamiento nocturno, ya que toda la ciudadanía deberá permanecer en sus casa en este horario si finalmente sale adelante.
¿Cuál es el procedimiento legal para aplicarlo?
Si el Gobierno central sigue las recomendaciones del ejecutivo de Díaz Ayuso de instaurar el toque de queda a nivel nacional, deberá volver a declarar el estado de alarma por emergencia sanitaria, como ya hiciera el pasado 14 de marzo. Bajo este mecanismo que recoge el artículo 116 de la Constitución, sí está permitido limitar los derechos fundamentales de los ciudadanos.
Para su aprobación, se debe testificar y acreditar que el país se encuentra en “circunstancias extraordinarias» que no permiten una normalidad en el territorio. La duración máxima es de 15 días y a partir de ahí necesitaría el apoyo del Congreso para prorrogarlo. Por último, se declara por medio de un decreto aprobado en el Consejo de Ministros, en el que se debe especificar los territorios afectados, y deberá ser publicado en el Boletín Oficial del Estado.
En Francia, el gobierno de Macron ha declarado el estado de emergencia para aplicar los toques de queda en París, Lyon, Aix-en-Provence-Marsella, Toulouse, Lille, Montpellier, Grenoble, Rouen y Saint-Etienne, con una multa de 135 euros para el que lo incumpla.
¿Cuándo fue la última vez que se instauró en España?
Esta medida se utiliza habitualmente en contextos de guerra, ya que supone limitar uno de los derechos fundamentales como es la libre circulación de personas, por lo que también es propio de las dictaduras.
En España, la última vez que se adoptó esta medida fue por un corto periodo de tiempo. Sucedió el 23 de febrero de 1981, cuando se produjo el intento fallido de golpe de estado por parte de diversos militares y guardias civiles, entre los que se encontraba el teniente coronel Antonio Tejero.
Ese día, el teniente general Jaime Milans del Bosch declaró el estado de excepción en Valencia, lo que implica una restricción de libertades mayor a la del estado de alarma, en la que se instauraba un toque de queda para la ciudad. «Se establece el Toque de Queda desde las 21 a las 7 horas, pudiendo circular únicamente dos personas como máximo durante el citado plazo de tiempo por la vía pública y pernoctando todos los grupos familiares en sus respectivos domicilio», rezaba el articulo 6 del manifiesto que publicó.
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